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¿Qué significa ser mujer? El fallo del Tribunal Supremo del Reino Unido y sus consecuencias para los derechos de las personas trans

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El reciente fallo del Tribunal Supremo del Reino Unido, que define legalmente el término «mujer» como una categoría basada exclusivamente en el sexo biológico, ha provocado una reacción polarizada en la opinión pública británica e internacional. Esta decisión, con profundas implicaciones para la legislación sobre igualdad y derechos civiles, ha sido interpretada de maneras muy distintas según la posición ideológica y el enfoque sobre los derechos de las mujeres y las personas trans. Por un lado, hay quienes celebran la decisión como una victoria por la claridad legal y la protección de los espacios reservados para mujeres cisgénero; por otro, hay voces —incluyendo organizaciones de derechos humanos, activistas LGTBI+ y juristas progresistas— que denuncian que esta medida institucionaliza la exclusión y la discriminación contra las mujeres trans, negándoles el reconocimiento de su identidad y vulnerando sus derechos humanos.

Contexto jurídico y social del fallo

El caso llegó al Tribunal Supremo a través de la organización For Women Scotland, que cuestionaba la validez legal de considerar a las mujeres trans como mujeres a efectos de representación y acceso a espacios protegidos bajo la Ley de Igualdad de 2010. El tribunal determinó que los términos «mujer» y «hombre» en dicha ley deben entenderse como referidos exclusivamente al sexo biológico, no al género reconocido legalmente mediante un Certificado de Reconocimiento de Género (GRC).

Este fallo supone un retroceso en la protección de derechos adquiridos por las personas trans y plantea una amenaza directa contra la autodeterminación de género. Mujeres trans que han completado su transición legal y médica se ven, de facto, excluidas de espacios y derechos que les corresponden por su identidad. El hecho de que el reconocimiento legal no se traduzca en derechos plenos representa una disonancia jurídica y una brecha en los principios de igualdad ante la ley.

La decisión del tribunal provocó reacciones inmediatas. La escritora J.K. Rowling, que desde hace años mantiene posturas abiertamente críticas hacia las políticas de inclusión trans, celebró abiertamente el fallo. Esto generó una oleada de críticas en redes sociales y reavivó el debate sobre la transfobia, el discurso del odio y los límites de la libertad de expresión cuando entra en conflicto con los derechos humanos.

Activistas por los derechos LGTBI+ y organizaciones como Stonewall denunciaron que el fallo legitima una narrativa excluyente y peligrosa. Melanie Field, quien participó en la elaboración de la Ley de Igualdad, declaró que la interpretación del Supremo contradice la intención del legislador: otorgar plena igualdad legal a las personas trans. Desde los movimientos trans, la sensación es de alarma: el fallo refuerza un marco jurídico que desconoce sus identidades y les relega a una ciudadanía de segunda clase.

El impacto del fallo ya se ha hecho sentir en diversas instituciones. Police Scotland ha comenzado a revisar sus protocolos sobre personas trans, especialmente en lo que respecta a su detención y registro. El Servicio Nacional de Salud (NHS) también ha anunciado cambios en la asignación de habitaciones en hospitales, estableciendo que las mujeres trans no podrán acceder a salas femeninas por defecto.

Estas decisiones refuerzan la exclusión estructural. Si una mujer trans no puede ser reconocida como tal en espacios públicos, se le niega no solo un derecho simbólico, sino el acceso a servicios, protección y representación. Se corre el riesgo de que el fallo sea utilizado como base jurídica para limitar más aún la participación de personas trans en la vida pública.

Framing, narrativa y la disputa por el significado de «mujer»

Desde el análisis del framing —teoría comunicativa que estudia cómo los medios y los actores políticos enmarcan un tema para influir en su interpretación— es evidente que el fallo se inscribe en una narrativa que opone los derechos de las mujeres cisgénero a la existencia misma de las mujeres trans. Se genera así un falso dilema: como si los derechos de unas dependieran de la exclusión de otras.

Esta narrativa se apoya en marcos emocionales como el miedo, la amenaza y la protección, usados históricamente para justificar políticas de segregación. Desde algunos sectores, se construye la figura de la mujer trans como intrusa o impostora, despojándola de legitimidad y humanidad. Este discurso no solo es ofensivo: es peligroso, porque genera estigmatización, violencia y justificación de políticas discriminatorias.

Los medios de comunicación han jugado un papel crucial en esta polémica. Mientras algunos diarios británicos destacan el fallo como una «victoria feminista», otros subrayan su carácter excluyente. Sin embargo, la mayor parte del espectro mediático reproduce acríticamente los marcos más conservadores. Esta falta de pluralidad refuerza la espiral del silencio: muchas personas trans y sus aliados temen hablar por miedo a ser ridiculizados o atacados.

Esta espiral del silencio tiene efectos devastadores. La invisibilidad mediática alimenta la percepción de que la opinión pública está mayoritariamente en contra de la inclusión trans, cuando en realidad existen amplios sectores sociales comprometidos con la igualdad y la justicia social.

Perspectiva de género, derechos humanos y justicia social

Desde una perspectiva de género y de derechos humanos, el fallo del Tribunal Supremo británico representa un grave retroceso. La ley debe estar al servicio de la inclusión, no de la exclusión. Definir legalmente a las mujeres sólo en términos de sexo biológico niega la existencia de las mujeres trans y refuerza una visión binaria y esencialista del género que ha sido ampliamente cuestionada por la academia, los movimientos feministas y los organismos internacionales de derechos humanos.

El Comité de Derechos Humanos de la ONU ha reiterado en múltiples ocasiones que las personas trans tienen derecho al reconocimiento legal de su identidad sin requisitos patologizantes ni discriminatorios. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos y Amnistía Internacional también han advertido sobre los efectos nocivos de las leyes que excluyen a las personas trans de protecciones legales fundamentales.

El núcleo del debate está en la pregunta: ¿qué significa ser mujer? Desde el feminismo interseccional, se reconoce que la experiencia de ser mujer no es homogénea: hay mujeres cis, mujeres trans, mujeres racializadas, con discapacidad, pobres, migrantes. Todas estas identidades merecen reconocimiento y protección.

Negar que una mujer trans es una mujer es negar su existencia. Y cuando esa negación se codifica en la ley, se traduce en exclusión, precariedad, violencia y muerte. Las estadísticas muestran que las mujeres trans sufren tasas desproporcionadas de desempleo, sintecho, violencia sexual, acoso institucional y crímenes de odio. Un sistema legal que ignora estas realidades está fallando en su misión fundamental.

El fallo del Tribunal Supremo británico reabre un debate crucial sobre qué entendemos por «mujer» y quién tiene derecho a ocupar ese término. Mientras algunos lo ven como una defensa necesaria de los espacios seguros para mujeres cis, muchos otros lo entienden como una forma de exclusión sistemática contra las mujeres trans.

Este tipo de decisiones no deberían tomarse sin un análisis profundo de sus consecuencias sociales y sin dar voz a las personas más directamente afectadas. La lucha por la igualdad no puede sostenerse sobre la negación de derechos de otros colectivos vulnerables. Si de verdad queremos construir una sociedad justa e inclusiva, debemos ser capaces de reconocer y respetar la diversidad de identidades que coexisten en ella.

Reivindicar que las mujeres trans son mujeres no borra a nadie: amplía el horizonte de lo posible, de lo justo, de lo humano. La verdadera amenaza no es la inclusión, sino el retroceso. Y frente a ello, debemos levantar la voz, con claridad, con compasión y con firmeza. Porque los derechos humanos no se negocian, se defienden.

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